Un decreto de Alcaldía ha resuelto la suspensión de la actividad de la nave situada en Carretera de Carmona 30, propiedad de una empresa marchenera, por "contravenir" la licencia de obras que le fue otorgada para construcción de una nave de almacén agrícola y por la costrucción de una entreplanta y aperturas en alzados (ventanas y puertas) que "no se ajustan a la legalidad". La empresa, que se considera agraviada respecto a otras de la zona, está dispuesta a no hacer uso de la entreplanta y defiende el uso agrícola por dedicar su actividad a "instalaciones de riego agrícola e instalaciones eléctricas en fincas rurales". Los trabajadores cuelgan una pancarta en la puerta de la nave que reza "el Ayuntamiento nos deja sin trabajo".
Tras este escueto resumen en el párrafo primero, hemos podido conocer los pormenores de la historia después de presenciar como desde esta semana cuelga una pancarta en la puerta de esta empresa marchenera en la que se puede leer: "El Ayuntamiento nos deja sin trabajo". El responsable de la empresa ha asegurado que va a efectuar alegaciones al Decreto y junto con los trabajadores está emprendiendo una campaña de firmas en nuestro pueblo por el que solicitan la continuación de la actividad mientras se realizan las alegaciones y no se produzca así la "pérdida de 20 puestos de trabajo, en muchos casos de gente que lleva más de 20 años trabajando con nosotros".
En efecto, el propio alcalde, Juan Rodríguez Aguilera, ha manifestado que el Ayuntamiento se ha visto "obligado a actuar por una denuncia de una vecina" sobre aspectos de construcción en la nave, con fecha de entrada de 23 de diciembre de 2009 en el Ayuntamiento y reiterada el 23 de enero de 2010, según el Decreto: "La propia Consejería de Vivienda nos ha realizado serias advertencias, nos está diciendo que hay que actuar", ha afirmado el alcalde, por lo que la nave quedará cerrada "hasta que la empresa presente un proyecto en el que la construcción esté ajustada a la licencia que se le otorgó y regularice así la situación", afirmó Rodríguez Aguilera.
El propietario de la nave, M.DG.L., ha manifestado sentirse "agraviado" por la actuación del Ayuntamiento, ya que "muchas empresas tienen entreplantas, lo que aquí sucede es que aquí hay una presunta presión de una arquitecta municipal que tiene parentesco con la vecina y las dos nos han denunciado", ha declarado, después de que la Policía Local se haya personado en la nave haciéndole entrega de este decreto. "Nos quieren cerrar las ventanas y la puerta trasera y la licencia está otorgada así".
Además de este caso, concurre una denuncia más aparte, por la que dicha vecina y la empresa mantienen un litigio de lindes de 6 metros existentes entre la parcela de la vecina y uno de los laterales de la nave, que se encuentra en la Audiencia provincial después del recurso de la empresa tras una primera decisión del Juzgado de Marchena que le da la razóna la vecina, si bien el alcalde ha declarado que "el Ayuntamiento se encuentra al margen de este asunto, en el que hemos intentado que se pongan de acuerdo los vecinos pero que va por la vía judicial".
Respecto a la entreplanta, el empresario M.DG.L. ha manifestado que "actualmente no está en uso ni vamos a hacer uso de ella si así se nos pide, nosotros estamos dispuestos a seguir en el resto del edificio con nuestra actividad, en un principio esa entreplanta se iba a construir para oficinas, y hemos trasladado las oficinas abajo", indicó, mostrando su disponibilidad a que quede en desuso la entreplanta. De todas formas, el decreto de Alcaldía pide la "demolición" de todas las zonas que se indican construidas "incumpliendo la ley y sin estar autorizadas por las Normas Subsidirias Municipales dentro de la Zona E de Extensión Agrícola en la que se encuentra.
El Decreto de Alcaldía resuelve iniciar expediente para la reposición de la realidad física alterada por dichos actos de construcción, debido a que estos actos, que califica de "infracción urbanística grave" según la LOUA, no son legalizables por resultar incompatibles con el art 181.1 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) al tratarse de entreplanta construida al no cumplir el artículo 59.1 de las Normas Subsidiarias". Además, expresa que la nave existente no se corresponde con la licencia aprobada por "la actividad existente de uso no agrícola", señala el Decreto.
Este extremo ha sido negado por el responsable de la empresa, que defiende que la actividad que se desarolla en la nave está relacionada con la agricultura, considerando "fundamental" la actividad de riego para este sector en base a infórmenes con los que cuenta en relación con la importancia de su actividad en la agricultura y que reflejan que en la zona de Extensión E en la que se encuentra la nave se permitirá "el uso comercial derivado de actividades agrícolas", informe que presentó adjunto en una tercera petición para la concesión de licencia de obras en julio de 2008 en la que la solicitaban exponiendo que "si en el plazo de diez días no obtenemos respuesta entendemos que está concedida por silencio administrativo" y en la que el citado informe adjunto realizado por un ingeniero técnico recogía la existencia de estructuras de almacenamiento, una puerta trasera para plazas de garaje y de las ventanas exteriores de la nave, además de lo siguiente relacionado con la actividad que el empresario defiende que desempeña: "La actividad que se va a desarrollar queda definida como Almacén Materiales Eléctricos, Materiales de Riego para Uso Agrícola en Instalaciones de Electrificación Rural, istemas de Riego, Instalaciones de Fontanería y saneamientos en Explotaciones Agropecuarias, Ganaderas y el Mantenimiento de éstas. Por tanto, según el artículo 58 de las Normas Subsidiarias de Marchena queda justificada la instalación de la actividad en zona E de Extensión Agrícola".
El Decreto de Alcaldía, añade además que se ordenará la interrupción del suministro de agua y electricidad a la nave, que se dará conocimiento del caso a la notaría a fin de que suspenda la formalización de cualquier escritura pública de los terrenos afectados y a la Policía Local para proceder a la "inmediata clausura de la actividad ilegal" que en la nave se desarrolla y que a nivel de construcción exige la "eliminación de la entreplanta, realizar las operaciones necesarias para cumplir con el art. 59.1 de las Normas Subsidiarias". El alcalde, ha declarado que "es una pena, pero hasta el momento no hemos recibido de la empresa ningún proyecto que pueda regularizar su situación".
Este caso tiene un largo recorrido desde que el 2 de enero de 2007 los propietarios solicitaran la licencia de obra en el Ayuntamiento de Marchena, para posteriormente presentar otra solicitud en pro de que el Ayuntamiento resolviera para otorgársela "lo antes posible", documento presentado en el Ayuntamiento el 26 de octubre del mismo año.
Posteriormente, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Marchena aprobó la concesión de la licencia de obras para construcción de la nave para almacén agrícola el 29 de abril de 2008, con la posterior aprobación en Pleno Ordinario, si bien el 16 de octubre de 2008, la Junta de Gobierno Local aprueba la revisión de oficio de dicha licencia concedida a 29 de abril del mismo año, puesto que "en fecha de 30 de abril de 2008 y de 12 de mayo de 2008 se presentan escritos por MDR.O.C., poniendo de manifiesto que dicha licencia puede no ser conforme a derecho", revisión que se aprueba tras efectuarse "comprobación por la arquitecta municipal de la realidad física de los terrenos y emitido informe el 23 de junio de 2008 en el que propone la revisión del informe previo para la concesión de licencia de obras y su posterior revisión". En efecto, el empresario recibió un certificado urbanístico del Ayuntamiento de Marchena el 3 de marzo de 2008.
En esa revisión se solicita dictamen al Consejo Consultivo de Andalucía sobre dicha revisión, sobre el que el empresario se queja de que "no nos ha llegado ninguna información sobre la decisión que tomó", si bien el propio alcalde, Juan Rodríguez Aguilera, afirma a este respecto que "el consejo Consultivo ratificó la licencia de obra que se le otorgó" a la empresa. A este respecto, el 16 de abril de 2009, la Junta de Gobierno Local acordó declarar la "caducidad del expediente en relación con el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local por el que se inició el procedimiento de revisión de oficio de la licencia de obras concedida en 29 de abril de 2008 a M.DG.L. en representación de la empresa".
Después de todo este proceso, el alcalde, Juan Rodríguez Aguilera, asegura que "el problema es que la construcción no está ajustada a la licencia que se le otorgó" y reitera "las advertencias de la Consejería de Vivienda para que el Ayuntamiento actúe, además de hacerlo en este caso "por la existencia de una denuncia de una vecina", la referida de 23 de diciembre de 2009.
La empresa defiende, además de lo ya expresado, contar con una licencia de primera ocupación por parte de la Notaría y tener inscrita la finca en el resgistro de la propiedad, además de la existencia de su actividad por cuanto el Ayuntamiento le requirió presupuesto el 10 de octubre de 2008 para la iluminación de la capilla de Santa Clara (además de a otras dos empresas), presupuesto sobre el que resolvió el día 30 de ese mes, mientras que respecto al conflicto urbanístico está dispuesta a dejar en desuso la entreplanta y lamenta que los arquitectos municipales "lleguen a la conclusión de que es necesario el derribo de un forjado que sirve de entretecho", además de las citadas demoliciones de entreplanta, y la exigencia de que "se deberán realizar las operaciones necesarias para cumplir con el artículo 59.1 de la Normas Subsidiarias, en lo que a la tipología se refiere, adosando la nave a sus dos linderos laterales, eliminando en su caso, aquellos huecos que no ventilen a fachadas exteriores, patios o espacios libres interiores, igualmente se deberán llevar a cabo las obras necesarias para eliminar la ocupación de suelo no urbanizable, y cerrar todos y cada uno de los huecos de este lindero trasero", según expresa el informe del arquitecto municipal.
La empresa marchenera se enfrenta a una multa de un 10 por ciento del valor de los 197.000 euros presupuestados para las obras, cada mes que transcurra desde este decreto de alcaldía, en tanto que los técnicos municipales han determinado que el valor de las obras que "no se ajustan a la legalidad" supera los 19.000 euros.
El fundamento jurídico del Decreto razona la urgencia del clausura de la nave expresando que no es necesaria la apertura de un trámite de legalización de aquello que "de modo manifiesto y a través de lo ya actuado no puede legalizarse, por contravenir el Plan o el Ordenamiento Urbanístico", por lo que este texto aplicado a este caso ha determinado que el proceder para ordenar el cese de la actividad de la nave se ejecuta hasta que no se realicen las obras de reposición de lo construido y no abriendo trámite administrativo que permita la apertura o continuación de la actividad hasta que no se realicen tales obras de rectificación, tal y como solicita la empresa en el escrito de recogida de firmas, en desacuerdo también con la forma en la que el Ayuntamiento de Marchena le ha solicitado el cierre.